Espacio Legal

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(…) “En este caso es muy importante ver caso por caso y probar si en el momento de contratar la
hipoteca la entidad financiera ofreció a los clientes toda la información adecuada sobre el
IRPH, sus posibles alternativas como el euribor, y la evolución de ambos índices. Y para el
banco no es fácil justificarlo porque, en la mayoría de los casos, no se dio esa información
completa”, explica Marcelino Tamargo, socio director de Espacio Legal.(…)

(…) La Audiencia Provincial de Girona, por su parte, da por bueno al igual que el Tribunal
Supremo el índice IRPH, pero anula el cambio de referencia impuesto por CaixaBank en 2013
a un tipo fijo por considerarlo “totalmente ilegal”. “En este caso, el contrato hipotecario
incorporaba una cláusula que estipulaba que al desaparecer el índice de referencia Cajas y el
sustitutivo, el CECA, la cuota quedaba fija a partir del último valor del IRPH Cajas. A pesar
de la validez del IRPH Cajas, se considera que la estipulación por la que el préstamo pasa a
tipo fijo no supera el control de transparencia. Se condena a la entidad a devolver los intereses
abonados de más, pero se mantiene la aplicación del IRPH Entidades”, explica Marcelino
Tamargo. (…) 

(…) En el caso de IRPH podría pensarse que la situación es más complicada. Las asociaciones de
consumidores calculan que habría alrededor de un millón de afectados, pero, en contra de lo
que ocurría con las cláusulas suelo, la casuística es muy variada. Como ya se ha explicado en
este diario se comercializaron IRPH muy diferentes y con condiciones muy distintas.
“Hasta ahora, los contratos que más posibilidades han tenido de recuperar lo pagado de más
son aquellos a los que se les impuso el cambio de un tipo variable a un tipo fijo”, explica
Marcelino Tarmargo.(…)

Leer noticia completa (La Vanguardia.com 24 de febrero)