Pasos para reclamar la cláusula suelo y los gastos de constitución de hipoteca.
Aparentemente reclamar estos conceptos no debería resultar complicado, pero para ello hemos de fiarnos de los cálculos del banco y entender perfectamente lo que vamos a firmar porque, una vez aceptado, no hay posibilidad de reclamación.
- Siguiendo la recomendación del Consejo General de la Abogacía, lo primero que tenemos que hacer es ir a la negociación asesorados por un abogado. De esta manera evitaremos que vuelva a ocurrirnos lo mismo que cuando firmamos la hipoteca, es decir, que incluyan conceptos que o bien no entendemos o no nos han explicado correctamente. Se trata de no cometer el mismo error dos veces y el banco ya ha sido poco claro en una ocasión.
- Aunque parezca muy evidente, el siguiente paso es saber si tenemos cláusula suelo en nuestra hipoteca.
- Conocer qué ha ocurrido en nuestra vida hipotecaria. Para eso hay que hacer un estudio económico de la incidencia de los tipos de interés sobre nuestro crédito.
- Calculamos si ha habido perjuicio económico y la cantidad que se deriva de la cláusula suelo.
- Se presenta una reclamación al Departamento de Atención al Cliente de la entidad bancaria, poniendo de manifiesto el perjuicio económico que nos está causando e indicando la cantidad indebidamente cobrada hasta la fecha de notificación al banco. En esta reclamación indicaremos lo que queremos que ocurra: devolución de la cantidad, compensación en la hipoteca etc. El objetivo es mostrar buena fe.
- Si la respuesta de Atención al Cliente es contrario a nuestros intereses, cosa que ocurre en un altísimo porcentaje, acudimos al Banco de España que, tras un estudio, dictamina si ha habido o no un comportamiento abusivo por parte de la entidad.
- En caso de que el dictamen del Banco de España establezca que la entidad no se ajustó a las buenas prácticas bancarias, se le comunica a ésta y se procede a reclamar la cantidad cobrada indebidamente.
- Si el banco no accede voluntariamente le demandaremos antes los tribunales de justicia y se pedirá la devolución de todas las cantidades que estimemos oportunas (gastos de constitución, de notaría, de registro, de tasación, de gestoría etc), más las costas.