ESPACIO LEGAL LOGRA QUE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA, CONFIRME LA CONDENA A UN BANCO A DEVOLVER A SU CLIENTE MAS DE 12.000 EUROS POR IMPONER LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA VINCULADO A UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO.
El cliente había suscrito un préstamo hipotecario para adquirir una vivienda, y el banco le había obligado a contratar simultáneamente un seguro de vida, imponiendo tanto las condiciones del seguro, como la compañía con la que contratarlo. La Sentencia que se acaba de conocer, entiende que esta conducta es abusiva puesto que …” La entidad demandada impone su contratación, lleva a cabo la mediación en la contratación del seguro y asimismo resulta beneficiaria de las pólizas, abonándose con parte del capital… “
Y es que, entre esas condiciones impuestas, se encontraba la de pago del seguro mediante modalidad de prima única financiada, que supone que el asegurado paga de una sola vez el seguro de vida por toda la duración del préstamo, y a cargo de este. Según explica el Letrado Marcelino Tamargo: “De este modo el banco obtiene un doble beneficio al cobrar intereses por esa cantidad, lo que implica un abuso, según la normativa que protege a los consumidores y usuarios”.
Por todo ello, la Sentencia obliga al banco a devolver no solo el importe de la prima de seguro sino también el coste financiero por haberse abonado con cargo al préstamo hipotecario.
