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Los demandantes se habían beneficiado de una importante reducción en el Impuesto de Sucesiones al adjudicarse por herencia, un inmueble que constituía su vivienda habitual. Esa reducción exigía para su consolidación, mantener el inmueble durante al menos diez años a nombre de los herederos. Sin embargo, en este caso, procedieron a su venta  3 meses antes de que se cumpliera ese plazo de 10 años, por lo que la Administración Tributaria les giró una liquidación complementaria que incluía intereses y recargos, y que suponía más del 20% del valor del piso.

La Sentencia condena al Notario a pagar el importe de la mencionada liquidación, al considerar que “…existe responsabilidad en la actividad profesional del notario demandado pues, teniendo datos suficientes para ser consciente de las consecuencias tributarias del otorgamiento de la escritura de venta antes del plazo legalmente previsto, no advirtió a los otorgantes para que tomaran una decisión suficientemente informada… “

Este fallo obtenido por el letrado D. Marcelino Tamargo del despacho ESPACIO LEGAL LAW&TAX, sienta un precedente muy importante a la hora de abrir la puerta a aquellos clientes que se han visto perjudicados por la actuación negligente de un Notario, pese a la manifiesta situación de inferioridad en la que se encuentran al estar ante un profesional del Derecho con una altísima cualificación técnica. 

CONDENA A UN NOTARIO POR NEGLIGENCIA