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El Real Decreto 463/2020, 14 de marzo, por el que se declaró el Estado de Alarma para todo el territorio nacional, para contener la progresión del COVID-19, y que adopta las medidas necesarias encaminadas a proteger la salud de los ciudadanos. Tiene un contenido, que no sólo afecta de forma exclusiva al ámbito de salud o de la seguridad de los ciudadanos, sino que también es sus disposiciones adicionales y más concretamente en la tercera y cuarta, encontramos normas que tienen incidencia en procedimientos tributarios y plazos administrativos; quedando así:
· Se suspenden los términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El computo de plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente Real Decreto, o se prorrogue.
· Esta interrupción de términos y plazos se aplicará a todo el sector público definido en la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
· No obstante, el órgano competente podrá acordar mediante resolución motivada las medidas de ordenación e instrucción, estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos en intereses del interesado en el procedimiento, siempre y cuando éste manifieste su conformidad.
· La interrupción de plazos, no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, si estos vienen referidos a situaciones vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.
· Aunque los plazos se prescripción y caducidad de cualesquiera de las acciones y derechos quedará suspendidos durante el estado de alarma y prórrogas de este
· La Administración tributaria, suspenderá también los plazos de prescripción de los derechos de la administración tributaria (liquidaciones, sanciones, devoluciones y reembolsos correspondientes, también quedarán suspendidos los plazos de caducidad.
Si tienes dudas sobre la interrupción de plazos en el estado de Alarma, puedes contactar con Espacio Legal, para una consulta. Podemos ayudarte a resolver todas tus dudas.