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Un ERTE supone que la reducción de la jornada laboral, o la suspensión temporal de un contrato de trabajo, por cusas económicas, técnicas, organizativas de producción o de fuerza mayor. El trabajador no queda despedido durante un ERTE, sino que su contrato queda interrumpido de forma temporal.
Tras la declaración del Estado de Alarma, el gobierno ha fijado medidas excepcionales que agilizan y flexibilizan los requisitos para realizar un ERTE. Evitando así los despidos por el parón de la actividad económica.
El trabajador, no tendrá que tener un mínimo de tiempo cotizado para poder aplicarlo (en circunstancias normales, se exige un mínimo de 360 días en los últimos 6 años). Además, mientras se perciba esta prestación, no contará, para futuras prestaciones. Los trabajadores además no serán dados de baja en la Seguridad Social, aunque la empresa podrá estar exonerada del pago de las cotizaciones.
Si la empresa realiza un ERTE de suspensión de contrato, el empleado no deberá de ir a trabajar y el empresario no deberá pagar el salario. El empleado accederá entonces a una prestación por desempleo.
Si la empresa opta por esta segunda opción, la reducción ha de ser de entre un 10% y un 70% y puede concretarse restando horas de la jornada de trabajo habitual o disminuyendo el número de días de trabajo a la semana. Si la empresa aplica un ERTE con reducción de jornada, los trabajadores cobrarán por una parte el salario normal correspondiente a la jornada trabajada (a cargo de la empresa) y por otra, la prestación de desempleo, correspondiente a la parte que ha sido reducida (pagada por el SEPE). Si la empresa opta por esta opción, la reducción ha de ser entre un 10% y un 70% de la jornada. El trabajador comenzará a recibir la prestación por desempleo, desde la fecha de efectos del ERTE.
¿Qué ocurre entonces con las vacaciones y pagas extras?
Tu derecho a vacaciones no se verá perjudicado. Lo mismo que tus pagas extraordinarias, pero en una cuantía proporcional al tiempo de trabajo. Aunque mientras dure el periodo de suspensión, no se genera derecho a vacaciones.