Espacio Legal

Despacho de abogados en Madrid Barcelona y Asturias

Una entidad bancaria tendrá que devolver las comisiones por descubierto cobradas a una empresa como consecuencia de la condena impuesta por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo, al considerar que no responden a ningún servicio prestado, se aplican de manera automática y no le fueron comunicadas al cliente.

(…) Marcelino Tamargo, director de Espacio Legal, la firma de abogados que ha llevado el caso, explica que «al pasar un recibo a la cuenta corriente de la sociedad si no había saldo, se cargaba igualmente. Luego se cobraba una comisión por excedido y descubierto. Una vez que la empresa ponía al día sus cuentas, el banco aplicaba otra por reclamación de posiciones deudoras».

Y afirma que a «hay que sumar el hecho de que en el primero de los conceptos se cobraba dos veces por lo mismo: una comisión por la cuenta en descubierto y otra por el tiempo que pasaba hasta que la empresa se ponía al día -excedido- «.(…)

(…) Según Marcelino Tamargo se trata de «una gran noticia para las pymes y los autónomos, excluidos de algunas protecciones legales de las que si gozan los consumidores, una categoría de la que se les descarta».(…)

Leer noticia completa (01 de febrero-El Economista)