Los Contribuyentes que hayan presentado pagos fraccionados o autoliquidaciones de IVA, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 15/2020, de 21 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias para apoyar el empleo y la economía, la AEAT, ha implementado un sistema de uso voluntario para el contribuyente, para facilitar la aplicación de las medidas previstas en los artículos 9,10, y 11 de dicho decreto, garantizando así la rapidez en la gestión de las solicitudes.
De esta forma los contribuyentes podrán anular pagos y domiciliaciones de las primeras autoliquidaciones, y tener derecho a las devoluciones que correspondan, con la aportación de unos mínimos datos y requisitos.
Las medidas propuestas en el Real decreto, del que ya hemos hablado en su articulado son:
Para acogerse a estas medidas, los interesados deberán cumplimentar y presentar una nueva autoliquidación, ajustando el contenido a la medida, de la que se trate y el formulario GZ281, que certifique que la primera declaración fue presentada. La presentación de ambos documentos permitirá acelerar el proceso y la anulación de los efectos económicos (domiciliaciones de pago, solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento o de compensación, etc.) ccon lasdevoluciones que procedan en cada caso.
El formulario estará disponible hasta el 20 de mayo de 2020, pero es importante tener en cuenta, que, si se ha solicitado la domiciliación en la primera autoliquidación, para que esta pueda anularse, no se deber presentar más tarde del 15 de mayo.
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