Espacio Legal

Despacho de abogados en Madrid Barcelona y Asturias

Procurador deberá indemnizar a un cliente por minuta abusiva

Un procurador, deberá indemnizar a su cliente por haberle cobrado una minuta abusiva.

Un Juzgado de Zaragoza ha condenado recientemente a un procurador a indemnizar a su cliente, por una minuta abusiva. Se estima parcialmente la demanda y se le condena abonar la cantidad de 5199,83 €, sin otros intereses que los prevenidos en el art. 576 LEC desde la notificación de la sentencia.

En el litigio se discutía cual era la cuantía de un proceso y juicio ordinario para declarar la nulidad de una permuta financiera.

El procurador representaba a un cliente en un juicio contra una entidad bancaria, por un derivado financiero, un swap.  Para el procurador la cuantía del proceso era el nominal de Swap, en este caso unos 2.500.000 €, mientras que para el cliente, la cuantía era indeterminada. El Estatuto de los Procuradores, exige siempre una actuación conforme a los principios de lealtad y fidelidad a su cliente. El vínculo entre procurador y cliente es el del mandato y se trata de un vínculo basado en la confianza. El procurador debe actuar bajo las instrucciones de su cliente y en el caso de carecer de ellas, hará lo que requiera la naturaleza o índole del asunto, siguiendo siempre unos parámetros mínimos de diligencia.

En el caso de existir conflicto de intereses, el procurador no puede invocar lo que él ha presentado como una conducta ajena a él e imputable a su poderdante. Esto sólo será admisible si el procurador, acreditara que tuvo instrucciones específicas al respecto. Sentadas estas premisas, dicha cuantía por una demanda en la que se pretendía la declaración de nulidad de un swap, no puede ascender a dicha cantidad, por ser considerada abusiva y desorbitada. Y suponer una actuación por parte del procurador, poniendo en grave riesgo los intereses de su cliente. Que además, corría el riesgo de perder el proceso en el que hubiera tenido que asumir las costas, y que hubieran supuesto un ajuste de las liquidaciones negativas y positivas soportadas por el cliente.