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Nueva sentencia IRPH que marcará jurisprudencia. Tras la sentencia del TJUE en la que los jueces españoles son los que tienen la potestad de controlar la transparencia de dicho índice hipotecario. La Audiencia Provincial de Toledo ha dado un paso más allá y ha confirmado la nulidad de dicha cláusula (IRPH) y ha sentenciado que el préstamo quede sin remunerar. Es decir que se anule la clausula abusiva y que la hipoteca sea totalmente gratuita para el consumidor.
Se trata de una gran noticia para los consumidores ya que es la primera resolución de este tipo, desde que el TJUE, permitiera que el contrato hipotecario sobreviva sin devengar intereses en favor del banco.
El fallo del tribunal, confirma la resolución de un juez de Illescas, que estimó la demanda de una pareja contra el Banco Popular, por la falta de transparencia en la cláusula suelo de una hipoteca.
El juez consideró que dicha hipoteca podría además continuar, pero sin el devengo del interés a favor de la entidad bancaria acreedora. Por lo que ordenó al banco restituir al deudor la totalidad de los importes pagados de más durante la vigencia del contrato.
Se trata de una sentencia que protege a los consumidores en sus litigios de IRPH, que estos sean favorables con préstamos sin remunerar, para disuadir a las entidades prestatarias tal y como marca la Directiva Europea en la materia, sobre cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios. Desde que el TJUE se pronunció sobre el tema, la mayoría de las sentencias dictadas hasta ahora, han sido a favor del consumidor, sustituyendo en IRPH, por el Euribor, pero la resolución de la Audiencia Provincial de Toledo abre una nueva vía a que las hipotecas puedan continuar, sin utilizar ningún índice de sustitución.
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