EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE CORRIGE AL TRIBUNAL SUPREMO Y CONFIRMA QUE LAS COMISIONES DE APERTURA EN LOS PRESTAMOS Y CRÉDITOS PUEDEN SER ABUSIVAS.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que la cláusula de apertura de los créditos y préstamos que establece el abono de una comisión para el banco no forma parte del objeto principal del contrato, es accesoria, y está sujeta, por lo tanto, al control de abusividad. Como indica Marcelino Tamargo Menéndez, socio fundador de ESPACIO LEGAL | Law & Tax, es necesario reclamar esta nulidad y la de cualquier cláusula abusiva, ante los Tribunales., tanto de préstamos hipotecarios como de créditos de cualquier tipo.
De esta forma se modifica el criterio del Tribunal Supremo Español que consideraba que la comisión de apertura, al formar parte de objeto principal del contrato, no se encontraba sujeta a ese control de abusividad. De este modo, cuando la introducción de estas comisiones en un préstamo hipotecario no se haga con transparencia, puede solicitarse su nulidad. De esta manera, el banco se vería obligado a reintegrar su importe, que en ocasiones puede superar los 3.000 euros en un préstamo hipotecario medio.
¿Has pagado una comisión de apertura en tu préstamo o crédito? Desde ESPACIO LEGAL | Law & Tax seguimos reclamando todos los gastos y comisiones indebidamente cobrados en los préstamos hipotecarios y créditos de cualquier tipo.