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La Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado la ausencia de responsabilidad de la dueña de un perro, que mordió a la peluquera canina que estaba atendiendo a su mascota, y por tanto, también excluye la responsabilidad de su compañía aseguradora.

La peluquera reclamó una indemnización por las heridas causadas por el perro, que se encontraba en su tienda, al separarlo de otro con el que se estaba peleando.

La Sentencia concluye que la demandante asumió voluntariamente los riesgos que implicaba dejar a su cargo la mascota en su tienda. Y apoya dicho razonamiento en que el art. 1905 CC señala que la responsabilidad debe atribuirse a quien posee el animal, y no al dueño, al encontrarse el perro bajo custodia de la peluquera. De este modo, afirma el Tribunal, es la empresaria quien asume el riesgo inherente al desarrollo de su propio negocio.

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EL DUEÑO NO ES RESPONSABLE DE LOS DAÑOS CAUSADOS SI SU PERRO MUERDE A LA PELUQUERA CANINA