LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA INDEMNIZA A UN PASAJERO GOLPEADO EN EL PIE POR EL CARRO DE CATERING QUE EMPUJABA UNA AUXILIAR DE VUELO POR EL PASILLO DE LA CABINA DEL AVIÓN.
La Audiencia Provincial de A Coruña ha revocado la Sentencia dictada por el Juzgado de Lo Mercantil 2 de A Coruña, y ha condenado a RYANAIR a indemnizar a un pasajero que fue golpeado por un carrito de catering. La Sentencia reconoce que es práctica habitual que los pasajeros saquen los pies al pasillo central, pero afirma que no por ello cabe imputar al pasajero que haya contribuido a la responsabilidad para eximir a la compañía aérea. Ningún auxiliar de vuelo desconoce que los pasajeros de los asientos que dan al pasillo se sirven frecuentemente de él para aliviar la incomodidad que ocasiona el exiguo espacio disponible, y no es razonable imputar al pasajero que se encuentra sentado de espaldas a la trayectoria del carro de catering el que no haya advertido el riesgo a tiempo para retirar su pie del pasillo. Con estos razonamientos la Sentencia obliga a la compañía aérea a indemnizar al pasajero por los daños generados.
En Espacio Legal | Law & Tax contamos con amplia experiencia en reclamaciones de este tipo, por lo que si es su caso, contacte con nosotros.