LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ASTURIAS PERMITE RECLAMAR A LOS CONSUMIDORES LAS CANTIDADES PAGADAS POR LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA SUELO, CON ANTERIORIDAD AL 9 DE MAYO DE 2013
Continúan sucediéndose las sentencias que estiman las demandas reclamando las cantidades pagadas de mas con anterioridad al 9 de mayo de 2013, por las famosas cláusulas suelo, pese a que el consumidor ya las hubiera reclamado con anterioridad, y se las hubiesen denegado. Para todas aquellas personas a quienes se les aplicó el criterio de retroactividad que devolvía solo lo pagado de más desde el 9 de mayo de 2013 en adelante, la Audiencia Provincial entiende que puesto que con posterioridad, se dicta sentencia de fecha 21 de diciembre de 2016 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que corrige el criterio del Tribunal Supremo, y decide que no se pueden limitar los efectos restitutorios, es por lo que procede la devolución íntegra al consumidor de todas las cantidades pagadas de más desde la firma de la hipoteca.
Indica Marcelino Tamargo, Director de Espacio Legal | Law & Tax, que esta devolución debe hacerse a pesar de que exista una sentencia firme que no condene a la entidad bancaria a ese reintegro Por ello si eres uno de los consumidores a quienes los Tribunales anularon su cláusula suelo, pero solo les reintegró el dinero pagado de mas, desde el 9 de mayo de 2013 en adelante, ahora desde Espacio Legal | Law & Tax podemos reclamar todo el perjuicio anterior a dicha fecha, que en ocasiones puede ser muy superior al ya recuperado. Si es tu caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.