LOS NUEVOS PERMISOS DE LA LEY DE FAMILIAS APROBADOS POR DECRETO A LOS QUE PODRÁN OPTAR PADRES Y MADRES TRABAJADORES
La última prórroga del decreto de medidas para hacer frente a la crisis desatada por la guerra de Ucrania incluirá un apartado de última hora: el que recogerá los principales permisos del proyecto de ley de familias que fue aprobado en el Consejo de Ministros el pasado 28 de marzo, pero que no ha podido entrar en vigor por no haber terminado su tramitación en el Congreso antes de la convocatoria de elecciones. Al tratarse de un decreto, desde este mismo miércoles los ciudadanos podrán disfrutar de permisos retribuidos en sus trabajos de cuatro y cinco días al año por causas de fuerza mayor y por cuidado de familiares, respectivamente, y también de otro de ocho semanas para cuidado de los hijos.
En resumen, estos son los permisos aprobados:
- Permiso remunerado de 4 días por causa de fuerza mayor, que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total 4 dias al año.
- Permiso remunerado de 5 días por cuidado de familiares hospitalizados de hasta segundo grado o conviviente para el caso de accidentes o enfermedades graves, intervenciones quirúrgicas sin hospitalización que precisen reposo.
- Permiso no remunerado de 8 semanas para el cuidado de hijos menores hasta 8 años, el cual podrá disfrutarse de forma continua o discontinua y a tiempo completo o parcial.
Indica Marcelino Tamargo, Socio Director de Espacio Legal | Law & Tax, que estas medidas tratan de ayudar a la conciliación familiar alcanzando también aquellos casos en los que padres y madres deben ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes.
Destacar también que se ha incorporado en el RDL la posibilidad de que las parejas de hecho puedan beneficiarse de los 15 días de permiso por registro , equiparándose así a los matrimonios.